Patinetes y VMP: nuevas normas a partir del 1 de octubre
Desde el 2 de enero de 2026, circular con un patinete eléctrico u otro VMP sin seguro de responsabilidad civil ya constituye una infracción. Pero este no es el único cambio normativo de este año para los usuarios de patinetes: el Consejo de Ministros aprobó el 23 de junio una reforma del Reglamento General de Circulación que, a partir del 1 de octubre de 2026, incorpora nuevos requisitos sobre edad, casco y visibilidad.
¿Qué cambia exactamente?
La reforma introduce, entre otras cuestiones, la figura de los “usuarios vulnerables de la vía” y endurece las condiciones para utilizar un VMP:
- Edad mínima de 15 años para conducir un patinete eléctrico, a nivel estatal. Atención: algunos ayuntamientos ya exigían una edad superior antes de esta reforma y pueden seguir haciéndolo —Barcelona, por ejemplo, exige ser mayor de 16 años según su propia ordenanza municipal—, por lo que conviene comprobar la normativa de cada municipio.
- Casco homologado obligatorio, sin excepciones por trayecto ni por edad.
- Chaleco reflectante obligatorio durante la noche o en condiciones de poca visibilidad. Los riders profesionales deben llevarlo siempre.
- Luces encendidas de forma permanente durante la circulación. Este requisito concreto se aplaza hasta el 1 de octubre de 2027 para dar margen a adaptar los vehículos que ya están en circulación.
Desde Cobertis os lo resumimos así: si en casa hay alguien que utiliza el patinete para ir al instituto, al trabajo o a la universidad, a partir de ahora importa tanto la edad de quien lo conduce como que lleve casco y, si circula de noche, el chaleco reflectante.
Por dónde puedes circular
La normativa también deja claro por dónde no se puede circular: aceras, zonas peatonales, vías interurbanas y autopistas quedan prohibidas. La norma general es utilizar el carril bici cuando lo haya y, si no, la calzada urbana.
Hay un matiz importante: cada ayuntamiento puede aprobar su propia ordenanza, siempre más restrictiva que la normativa estatal, nunca más permisiva. Es decir, el “por dónde” exacto puede variar entre Badalona, Barcelona, Manresa o Mataró, por lo que conviene comprobar la regulación local antes de dar por válido un único criterio para todos los municipios.
Cuánto puede costar no cumplir la normativa
Las infracciones relacionadas con el equipamiento y la circulación —circular por la acera o por vías interurbanas, no llevar casco o no utilizar chaleco— se sancionan con multas de alrededor de 200 €.
Además, no disponer del seguro obligatorio puede conllevar sanciones de entre 202 € y 610 €, mientras que no estar inscrito en el registro o no llevar la identificación correspondiente puede suponer multas de hasta 500 €.
Si se acumulan varias infracciones en un mismo control —por ejemplo, circular sin seguro, sin registro y sin casco al mismo tiempo—, el importe final puede superar fácilmente los 1.000 €.