Planes de Previsión Social Empresarial, qué debemos saber?

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Probablemente hayáis oído hablar de los Planes de Previsión Social Empresarial o incluso ya contáis con uno en vuestra empresa. Se trata de un producto de previsión similar al Plan de Pensión de Empleo, pero en este caso, es la empresa quién hace las aportaciones a favor de los empleados (aunque también pueden ser conjuntas trabajador-empresa).

Estamos hablando de un seguro colectivo de ahorro que garantiza los compromisos por pensiones de la empresa con sus empleados.

En este sentido, si como empresarios estáis pensando en implantar un PPSE, debéis saber que debéis hacerlo para toda la plantilla (siguiendo el principio de no discriminación), aunque las aportaciones pueden ser distinas en función de la categoría de los empleados.

Beneficios fiscales para empresa y trabajador

A través de un seguro colectivo de empresa, que es como se instrumentaliza el PPSE, los beneficios adquiridos son múltiples, tanto para vuestra empresa como para vuestros trabajadores.

En el primer caso, este tipo de productos suelen ser una buena herramienta de fidelización de los trabajadores además de ofrecer bonificaciones fiscales a la empresa. Además, a diferencia de los planes de pensiones de empleo, en los PPSE no hay riesgo de perder capital y la rentabilidad está garantizada con un interés mínimo asegurado.

Las aportaciones a un Plan de previsión social empresarial se imputan fiscalmente a los empleados como rendimientos de trabajo, por ello, los límites fiscales son los mismos que en el caso de los planes de pensiones. El trabajador se podrá deducir toda aportación que realice de forma personal, según la reforma aplicada en 2022, el limite se establece en 1.500€ anuales. (Podrá incrementarse ese limite en el caso de realizar una aportación inferior o igual a la contribución empresarial).

Para la empresa, se deduce en la base imponible del impuesto de sociedades, el 100% de las aportaciones como gasto de personal, pero, a diferencia del salario en efectivo, no tiene que aplicar ninguna retención y abonar la misma a Hacienda. Al considerarse un salario en especie para el trabajador, las aportaciones efectuadas a favor de trabajadores por cuenta ajena están sujetas a cotizaciones de la Seguridad Social.

En base a las nueva reforma de Planes de Pensiones introducidas a partir del 01 de Enero del 2022, las aportaciones máximas quedarían del siguiente modo:

  • Aportaciones individuales (máximas anuales): 1.500 euros.
  • Aportaciones empresariales (máximas anuales): 8.500 euros
  • Aportaciones Conjuntas (Individuales + Empresariales)* Máxima Anuales: 10.000€

Si como empresario estáis pensando en contratar un Plan de Previsión Social Empresarial, en Cobertis disponemos de un departamento de Plan de previsión social dirigido a empresas. Contamos con un equipo de profesionales especializados que analizarán vuestra empresa, teniendo en cuenta el volumen de empleados, el sector al que se dedica, entre otros aspectos. En caso de necesitar asesoramiento, ¡no dudéis en contactar con nosotros!

 

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