Problemática del impago de la prima y cómo afecta al asegurado

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Son muchas las situaciones que pueden derivar en el impago de la prima del seguro. Nos encontramos ante una situación excepcional, debida al COVID-19, que ha hecho que la economía de algunas familias se haya visto afectada, repercutiendo, en ocasiones, en el impago de las primas de los seguros. Aun conociendo la  situación, hoy os queremos hablar de la problemática que puede surgir por el impago de los recibos. 

Antes de nada, ¿a qué nos referimos cuando hablamos de prima? La prima no es más que el precio del seguro contratado. El recibo de un seguro incluye, además, los recargos e impuestos que son de legal aplicación. 

¿Qué sucede si no se paga la primera prima o prima única de un seguro? 

  • Si el tomador (persona que contrata el seguro) no hace frente al pago de la primera prima o prima única (en el caso de seguros con un único pago anual) dentro del periodo establecidola compañía aseguradora tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva en base a la póliza.
  • Salvo pacto contrario, y en caso de que se produjera un siniestrosi la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el mismola compañía aseguradora quedará liberado de su obligación. 
  • Podemos tener un impago de prima, por falta de presentación al cobro de los recibos por parte del asegurador.  

¿Qué puede hacer la compañía aseguradora ante el impagado de primera prima o prima única? 

En primer lugar, siempre que no se cumpla con el pago de la prima, la compañía reclamará su liquidación vía ejecutiva. Si el recibo no se paga, el asegurador podrá resolver el contrato, por escrito y de forma fehaciente. 

El tiempo límite para saldar el pago son 6 meses, por lo que si en ese periodo de tiempo no se liquida, la compañía aseguradora extinguirá el contrato. 

¿Y en el caso de impago de la prima sucesiva o prima siguiente?  

En el caso de seguros que su pago se desglosa a lo largo del año, las primas sucesivas son las que siguen a la primera prima. 

En este caso, si no se liquida la prima, sucede lo siguiente: 

  • El primer mes, como plazo de gracia o cortesía para el pago, el contrato es plenamente válido y despliega todos sus efectos.
  • Finalizado el primes mes, queda en “suspenso” durante un período de duración variable: hasta un máximo de 5 meses (después del cual se extingue por falta de pago) o por tiempo inferior si se “resuelve” o si se paga la prima, con la consiguiente prórroga o rehabilitación. 

Impago de la prima con pago fraccionado  

En esta modalidad, la prima sigue siendo, pese al fraccionamiento acordado, “única” para el período y se devenga y vence íntegramente a su comienzo, sólo que el asegurador consiente en no ingresarla por completo en ese momento. 

Si no se puede hacer frente a los pagos fraccionadosse aplicará la misma condición de cobro que en las primas sucesivas o prima siguiente. 

En definitiva, no hacer frente al pago de una prima puede conllevar la anulación del seguro por parte de la compañía aseguradora. Si tenéis problemas con los pagos, poneos en contacto con nosotros y os explicaremos como debéis proceder.

 

Tere Vidal

Administració Cobertis

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