Vuelos, hoteles, conciertos, partidos de fútbol, gimnasios, clases en academias… La lista de actividades suspendidas, desde la declaración del estado de alarma, es interminable. Muchos consumidores se preguntan: ¿a estas alturas tendré derecho a cambiar mis reservas o, al menos, a recuperar el dinero?
Pues, teniendo en cuenta que la ley no contempla algunas de las situaciones más comunes que ha provocado la pandemia, el éxito de las reclamaciones dependerá, por tanto, de cada caso y especialmente, de la letra pequeña de cada contrato. Te damos los detalles en cada caso:
Cancelación de vuelos
A pesar de que el espacio aéreo español sigue abierto y los diferentes aeropuertos no han dejado de operar, más de 110 países han prohibido la entrada a viajeros españoles o los obligan a una cuarentena una vez que atraviesen sus fronteras.
En este contexto, muchas compañías han optado por suspender o reducir sus conexiones con España. Pero, ¿qué sucede si ya tenías reservado tu vuelo antes del estallido de la crisis sanitaria y la compañía lo cancela? ¿Se puede recuperar el dinero? Pues, tal como establece la legislación los pasajeros afectados por la suspensión de un vuelo, podrán elegir entre el reembolso del billete o viajar en otra fecha. Ahora bien, no podrás exigir ningún tipo de compensación adicional. Es decir, como se trata de una circunstancia extraordinaria, no tendrás derecho a la indemnización económica recogida en el Reglamento 261 y que se cifra entre 250 € y 600 €.
Pero, ¿qué ocurre si eres tú mismo quien cancela el viaje por estar enfermo o simplemente por precaución, para evitar correr riesgos? Una vez más, nos encontramos ante una laguna legal que te podría costar más de un disgusto como consumidor. De hecho, si decides no viajar por el Covid-19, es muy probable que pierdas tu dinero, excepto que tengas contratado un seguro de viaje a todo riesgo.
Billetes de tren y autobús
Si tenías comprados billetes de AVE o de otros trenes, no sufras porque Renfe ha puesto en marcha un servicio para cambiar o anular billetes sin coste para todos los pasajeros que tuvieran previsto viajar en fechas posteriores a la declaración del estado de alarma.
En caso de los desplazamientos en autobús, si el viaje se cancela, te tendrán que devolver el importe del billete. Ahora bien, si eres tú quien decide no viajar a una zona de riesgo o modificar tu reserva por seguridad, debes ponerte en contacto con la empresa de transporte y comprobar si se están dando facilidades para cambiar la fecha del billete o directamente cancelar. Dicho de otro modo: no hay una norma que obligue a la devolución automática de dinero en estos casos, por muy justificado que esté, y todo dependerá de la política de cancelaciones de cada compañía.
Reservas de hotel
Desde el 26 de marzo, el Gobierno acordó el cierre de todos los hoteles y alojamientos turísticos en todo el territorio nacional. Al tratarse de una decisión del Ejecutivo, apoyada en una situación de emergencia sanitaria, los clientes podrán recuperar las reservas que hicieran a partir de esta fecha y hasta que termine el estado de alarma.
Ahora bien, la situación se complica cuando decides anular tu reserva de hotel en un establecimiento que está situado fuera de España y no tiene seguro de cancelación a todo riesgo. En este casto, podrías alegar causas de «fuerza mayor» al haberse declarado una pandemia a escala internacional. Si te encuentras en esta situación, tal vez lo más recomendable es que te pongas en contacto con el alojamiento para intentar flexibilizar los cambios o, en su caso, las cancelaciones pertinentes.
Entradas para partidos conciertos, partidos de fútbol y otros espectáculos
Como ya sabemos con la entrada en vigor, el sábado 14 de marzo, del estado de alarma se decretó la suspensión de todos los actos, verbenas y desfiles públicos programadas.
Entonces, ¿qué pasa con esa entrada de concierto que compré? En general, las empresas organizadoras de eventos están intentando posponer los diferentes espectáculos para reducir el impacto económico que supone esta medida. Ahora bien, si no te va bien la nueva fecha que te proponen, por supuesto tendrás derecho a reclamar el importe de la entrada pagada por un concierto partido de fútbol o cualquier otro espectáculo.
Gimnasios, comedores escolares y academias
El estado de alarma también ha supuesto el cierre temporal de locales y negocios no esenciales, entre los que se encuentran los gimnasios, los comedores escolares y las academias de idiomas. Cuando se dictó el Real Decreto muchos usuarios ya habían pagado la mensualidad e incluso trimestres y cursos enteros. ¿Lo podrán recuperar y dejar de pagar?
Pues, la ley actualmente no prevé una solución para los contratos temporales o de tracto sucesivo que se han visto suspendidos por un motivo ajeno a la empresa, como es el coronavirus y las medidas aprobadas por las autoridades para impedir su propagación. Por ello, una vez más, lo más aconsejable es que contactes con las empresas para reclamar la parte proporcional de la cuota o bien, llegar a otros acuerdos.
Devolución de compras
Es posible que antes de todo esto, compraras un producto en una tienda física que te dieron opción a cambiarlo en un plazo de 30 días y que ahora el establecimiento se encuentre cerrado. Pues, no te preocupes, porque el Gobierno dejó en suspenso, el pasado martes 17 de marzo, todos los plazos de devolución para evitar desplazamientos innecesarios. Por lo tanto, podrás canjear el artículo cuando finalice el estado de alarma, sin ningún problema.
En definitiva, como consumidor tienes tus derechos, por lo tanto, en caso de sufrir alguna irregularidad o vulneración de los mismos; no dudes en hacer tu correspondiente reclamación. En este caso, contar con seguros como la de viaje -en caso de verte afectado por la cancelación de un vuelo -, o con una póliza de defensa jurídica pueden ser de gran utilidad. En Cobertis te podemos asesorar sobre el seguro que más te conviene en estos casos. ¡Ponte en contacto con nosotros y te informaremos!