La crisis sanitaria del coronavirus está teniendo un impacto muy fuerte en la economía, sobre todo en determinadas empresas y sectores. Especialmente, se están viendo afectados los autónomos y las pequeñas y medianas empresas (pymes), porque o bien han sufrido una reducción muy drástica de su actividad e ingresos o directamente, han tenido que cerrar su negocio para que se dedican a ámbitos como los de la restauración, el turismo o el ocio.
Ante esta situación, tanto la administración central como la autonómica han anunciado un paquete de medidas de apoyo a pymes y autónomos. El Gobierno español publicó dos Reales Decretos, el 17 y 31 de marzo para paliar los efectos de esta crisis en estos profesionales, destinando un presupuesto de 200.000 millones de euros, es decir, un 20% del PIB. Principalmente, las ayudas consisten en:
- Aplazamiento de seis meses del pago cuotas
Los autónomos afectados por esta situación podrán disfrutar de un aplazamiento de seis meses del pago de las cuotas a la Seguridad Social. Esta moratoria se suma a la moratoria sin intereses en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de los días trabajados en marzo. - Moratoria en el pago de deudas
Aprobado un aplazamiento del pago de deudas hasta el 30 de junio de 2020. En concreto, según se recoge en el borrador de decreto, el período de devengo en caso de empresas estaría comprendido entre abril y junio de 2020, mientras que en el caso de autónomos estaría comprendido entre mayo y julio de 2020. - Aplazamiento de la deuda hipotecaria
La moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual, aplicada a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria, se extiende a los autónomos, empresarios y profesionales en caso de cese de actividad o que hayan sufrido una caída de su facturación de al menos un 40%.
Esta prórroga supone durante su vigencia, que la entidad acreedora no puede exigir el pago de la cuota hipotecaria, ni de ninguno de los conceptos que la integran (amortización de capital o pago de intereses), ni en su totalidad, ni en un porcentaje. Tampoco se devengan intereses. - El Gobierno avala empresas que necesiten un préstamo
También, se ha incluido una línea de avales de garantías públicas para facilitar la liquidez a los negocios que la necesiten. De esta manera, el gobierno se convertirá en avalador de las empresas que necesiten pedir un crédito a la banca privada.
Esta línea es de 100.000 millones de euros y es independiente de la línea de créditos ICO que fue aprobada en el primer paquete de medidas, gran parte de la cual se enfoca en los negocios relacionados con el sector turístico. También, se ha creado una línea de ayuda de 2.000 millones para las empresas exportadoras. - Rescate de los planes de pensiones
Se permitirá el rescate de los planes de pensiones sin tener que pagar a Hacienda, en caso de sufrir un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y los autónomos que tengan que cesar en su actividad debido a la pandemia. Anteriormente, los planes de pensiones sólo se podían rescatar sin coste en estos supuestos únicamente: jubilación, muerte y en situaciones de dependencia o de incapacidad permanente. - Flexibilización de los ERTE
Muchos de los negocios que han cerrado no pueden hacer frente a los costes de personal durante un periodo de tiempo indeterminado. Por ello, el gobierno ha flexibilizado los ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), permitiendo que la empresa pueda suspender de manera temporal la relación laboral con sus trabajadores.
Las empresas que presenten un ERTE no pagarán las cuotas a la Seguridad Social y el gobierno se encargará de dar a los empleados una prestación por desempleo. En el caso de las empresas de menos de 50 trabajadores, el gobierno asumirá la cuota íntegra de cotización y el 75% en las empresas más grandes. La condición es que las empresas no podrán despedir a los trabajadores que hayan estado bajo un ERTE en los próximos seis meses. - Facilidad en las gestiones por la red electrónica
El Gobierno también establece que se facilitará a las empresas y autónomos la realización de gestiones con la Seguridad Social, esto permite a empresas y gestorías utilizar el sistema de remisión electrónica de datos (RED) para efectuar por medios electrónicos las solicitudes y demás trámites correspondientes a los aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y las devoluciones de ingresos indebidos de la Seguridad Social. - Flexibilización en la contratación de los servicios de electricidad
El Real Decreto recoge, además, mecanismos de flexibilización de las condiciones de la contratación de electricidad, para contratos se puedan adaptar a las nuevas pautas de consumo. Por ello, se permitirá a los trabajadores por cuenta propia y empresas que suspendan temporalmente sus contratos de suministros o modificar sus modalidades de contratos sin penalización. Una vez concluya el estado de alarma, se les permitirá una nueva modificación sin coste ni penalización.
En estos tiempos de dificultad, contar con ayudas puede ser clave para garantizar la continuidad de tu negocio. En Cobertis, seguimos a tu lado ofreciéndote las mejores coberturas para tu empresa con unas condiciones muy ventajosas. Infórmate con nosotros!