Las ventajas fiscales de los planes de pensiones y otros productos de ahorro

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Este mes de abril ha arrancado la campaña de la Declaración de la Renta y siempre es interesante conocer cuáles son las deducciones que nos corresponden. En el caso de disponer de un plan de pensiones o de cualquier otra fórmula de ahorro, nos interesa saber cuáles son las ventajas fiscales de estos productos, es decir, como desgravan a la Renta.

A modo de introducción, hay que decir que los planes de pensiones, junto con los Planes de Previsión Asegurados (PPA), son el único instrumento financiero que tiene reducción en la base imponible en el IRPF. Pero entrando en detalle, estas son las características de este y otros instrumentos de ahorro:

Plan de pensiones. Se trata de un producto financiero de previsión que nos permite canalizar el ahorro, a través de la realización de aportaciones periódicas, con la finalidad principal de disponer, en el momento de nuestra jubilación, de ingresos adicionales que nos permitan complementar la pensión pública.

Hay que decir que nos ahorraremos impuestos cuando hacemos aportaciones al mismo, pero no podremos disponer del dinero hasta que no nos jubilamos (excepto en casos de desempleo de larga duración o de enfermedad grave). En este sentido, hay que añadir que está previsto que a partir del 2025 se pueda disponer del ahorro acumulado cuando hayan transcurrido 10 años desde que se realice la aportación.

En cuanto a las características propias de estos productos hay que señalar que invierten en diferentes tipos de activos, en los que asumimos todo el riesgo de la inversión y, por tanto, podemos llegar a perder todo o parte del capital invertido; si bien las expectativas de rentabilidad también pueden ser más grandes que las de otros productos garantizados. En cuanto a las ventajas fiscales, hay que decir que nos podemos deducir las aportaciones a la base imponible del IRPF. El límite máximo de aportación es de 8.000 euros al año (límite conjunto con los PPA).

Los Planes de Previsión Asegurados (PPA). Los PPA son seguros de ahorro a largo plazo que aseguran a la persona que los contrata una rentabilidad, junto con diferentes ventajas fiscales.

También, permiten al asegurador reducir la base imponible del IRPF. El límite máximo de aportación es de 8.000 euros al año y se puede compatibilizar con aportaciones a otros productos como SIALP o PIAS. Al igual que con los planes de pensiones, el capital acumulado sólo podrá rescatarse en el momento de la jubilación o bien, en situaciones de enfermedad grave o desempleo.

Los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS). Son un híbrido entre un plan de pensiones y un seguro de vida-ahorro. Se trata de un instrumento de ahorro-previsión a largo plazo que permite constituir una renta vitalicia asegurada y tiene como finalidad ir pagando primas para acumular un capital a lo largo del tiempo, que servirá como complemento a la pensión pública.

Una ventaja importante es que no hay que esperar hasta la jubilación para percibir la renta acumulada. Ahora bien, a nivel fiscal hay que decir que no podremos reducirnos las aportaciones en la base imponible del IRPF. El límite máximo anual de aportación es también de 8.000 euros (compatible con aportaciones a otros productos como SIALP o PPA).

Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP). Existen productos que, por su propia naturaleza, exigen aportaciones algo más potentes. Es el caso de los seguros Individuales de Ahorro a largo plazo, conocidas como SIALP, que son entornos de ahorro normalmente planteados a 5 años.

En el caso de estos productos, puedo ir ahorrando poco a poco con la ventaja fiscal que la rentabilidad queda exenta de pagar impuestos, si lo mantengo durante más de 5 años. Además, lo puedo cobrar en forma de capital y me garantiza que a la finalización del mismo al menos a recuperar el 85% del dinero que he invertido -incluso hay modalidades que nos pueden garantizar más-.

Si es necesario, se puede disponer del dinero antes de los 5 años, pero en este caso perderemos la ventaja fiscal asociada al mismo. En cuanto al tratamiento fiscal que decir que no podremos reducirnos las aportaciones a la base imponible del IRPF. El límite máximo de aportación es de 5.000 euros al año (compatible con aportaciones a otros productos como PIAS o PPA).

Si tienes cualquier duda sobre la rentabilidad de estos productos de ahorro, contacta con nosotros y te asesoramos sobre las mejores opciones en función de tu perfil.

Cobertis
El autorr Cobertis
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