Diferencias entre el seguro de accidentes de convenio y el seguro de accidentes colectivo 

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Según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, los accidentes con baja laboral disminuyeron en 2023 un 1,1 % respecto al año anterior, hasta un total de 624.911 siniestros, de los que 539.584 fueron en el centro de trabajo (un 2,3 % menos) y 85.327 fueron en el trayecto de casa al trabajo o viceversa. 

Con estos datos delante, nos parece importante hablaros sobre los seguros de accidente que podéis (o debéis) contratar desde vuestra empresa. 

La póliza de accidente es el seguro que cubre las indemnizaciones por accidente de los trabajadores, pero existen diferencias entre lo que conocemos como el seguro de accidente de convenio y el seguro de accidente colectivo. Os las detallamos a continuación: 

  • El seguro de accidentes de convenio es obligatorio para algunos convenios y cubre a todos los empleados dados de alta en el TC2 de la empresa. 
  • Aunque la ley puede variar, algunos gremios que deben contratarlo son: construcción, actividades comerciales, industria cárnica…  El seguro de accidentes colectivo no es obligatorio si no existe un convenio laboral que lo establezca, aunque sí es recomendable su contratación para proteger a los empleados. 
  • Cada convenio laboral que deba contar con un seguro de accidentes obligatorio determina en él las garantías, los capitales asegurados y la indemnización; y los ámbitos de cobertura. 
  • Si no es obligatorio, las condiciones y términos del seguro las establece la entidad aseguradora y pueden ser personalizables según las necesidades del grupo asegurado. 
  • Si la empresa está obligada por convenio, el incumplimiento de las obligaciones puede conllevar elevadas sanciones y, en caso de accidente laboral, la responsabilidad recae sobre el empresario, que asumirá los gastos e indemnizaciones del accidente. 
  • Ambos suelen cubrir el fallecimiento por accidente, de forma que la familia o a quien designe el trabajador, recibirá el capital establecido en póliza. 
  • También cubren la invalidez permanente parcial, absoluta o total.  

En resumen, el seguro de accidentes de convenio está ligado a un acuerdo laboral específico, mientras que el de accidentes colectivo es más general y puede contratarlo por cualquier grupo de personas, como empleados de una empresa, miembros de una asociación o incluso una comunidad.   

Sea como sea, desde Cobertis os ofrecemos asesoramiento para que contéis con el seguro de accidentes que mejor se adapte a las necesidades de vuestro convenio o de vuestra empresa. Además, os acompañamos en caso de siniestro, para que no tengáis que preocuparos. 

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