Los Planes de Pensiones de Empresa y sus beneficios

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En más de una ocasión os hemos hablado de los planes de pensiones de empresa (PPE), un instrumento de ahorro-previsión que puede ser una “hucha de ahorros de los empleados”, ya que, a través de contribuciones, las empresas buscan complementar la pensión que los trabajadores recibirán cuando se jubilen, además de la que da la Seguridad Social. En este artículo os queremos resolver varias dudas por si, como empresarios, estáis pensando en contratar este tipo de producto para vuestros empleados. 

¿Quién pone el dinero en los PPE?

Por lo que refiere a las aportaciones, habitualmente, suelen ser mixtas o sólo empresariales. La modalidad mixta permite que tanto la compañía como el trabajador aporten al plan; aunque existen planes en los que existe la exclusividad en la aportación, es decir, sólo recae en el empresario.

¿Cuáles son sus formas de rescate?

Se pueden rescatar en forma de capital (impacto fiscal único), de renta (impacto fiscal progresivo), o de una forma mixta.

Las rentas se consideran rendimientos del trabajo.

¿Cuáles son los beneficios fiscales para la empresa?

Al igual que en los planes individuales, los planes de pensiones de empleo disfrutan de importantes ventajas fiscales.

Para la empresa, las aportaciones a planes de pensiones se podrán deducir de la Base Imponible del Impuesto de Sociedades. Desde 1 de enero de 2023, se aplica a las empresas una nueva deducción en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. Esta deducción asciende al 10% de las contribuciones empresariales imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros.

¿Y para los empleados?

Desde el punto de vista fiscal, se aplica una reducción en el IRPF más favorable a este tipo de plan a partir de 2023: el límite de 1.500 euros a la deducción general por aportaciones a planes de pensiones se incrementa en la siguiente cuantía para estos dos casos.

  • Trabajadores por cuenta ajena: 8.500 euros anuales en 2023  siempre que el incremento proceda de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial.
  • Autónomos: a 4.250€ siempre que tal incremento provenga de aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores autónomos.

¿Estás pensando en ofrecer este producto de previsión a tu plantilla? Un consejo es que te informes detalladamente de las características de esta fórmula, para escoger la más adecuada en función de cómo sea tu negocio y empleados.

En Cobertis, te podemos asesorar y guiar para que elijas la mejor solución para tu equipo. ¡Contacta con nosotros y te asesoraremos!

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