¿Qué seguros puedo desgravarme en la declaración de la Renta? 

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Nos encontramos en plena campaña de la Renta, que se inició el 11 de abril y finalizará el próximo 30 de junio. Como particulares, puede que tengáis dudas sobre qué seguros podéis incluir en vuestra declaración, así que hoy queremos hablaros sobre ellos: 

  • Seguro de hogar
    • Siempre y cuando esté vinculado a la hipoteca en vigor de un inmueble que tenga derecho a la deducción como vivienda habitual (y si se ha adquirido antes del 2013). 
    • Si el seguro está vinculado a un inmueble alquilado, es decir, si el propietario de la vivienda obtiene rendimientos del capital inmobiliario por tenerla alquilada. 
    • Si eres autónomo y trabajas en casa podrás deducirte un porcentaje. 
  • Seguro de coche: Sólo los trabajadores autónomos que utilizan su vehículo para fines relacionados con su actividad profesional y poder justificar que el vehículo se usa de forma casi exclusiva para trabajar. 
  • Seguro de vida: Tampoco es deducible con carácter general. Sin embargo, se podrá desgravar esta póliza si está ligada a la hipoteca e incluyéndolo dentro del montante destinado a adquisición de vivienda. 
  • Seguro de salud: sólo los autónomos podrán deducir el seguro médico hasta un máximo de 500 euros por cada miembro de la familia asegurado (incluidos los hijos menores de 25 años que convivan con él). 
  • Seguro de impago de alquiler: se lo podrán desgravar las personas que tengan una vivienda en alquiler (los caseros). En este caso, el porcentaje depende de cada comunidad autónoma.  
  • Seguros relacionados con la actividad de los autónomos (responsabilidad civil, seguro contra incendios, robo…) 
  • Planes de pensiones: Los planes de pensiones tienen una serie de ventajas fiscales ya que permiten reducir la base imponible del IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas), pues se imputan como rendimientos de trabajo. 

Si necesitáis más información sobre los seguros que tenéis contratados con nosotros y si los podéis deducir de vuestra declaración de la Renta, poneos en contacto con nosotros y os asesoraremos. 

Cobertis
The author: Cobertis
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